Cómo se calcula la retención
Al bruto se le restan las cotizaciones del trabajador y 2.000 € de otros gastos, y la reducción por obtención de rendimientos del trabajo; el resultado es la base para el tipo. La cuota es la escala aplicada a esa base menos la escala aplicada al mínimo personal y familiar (5.550 € + 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por cada uno siguiente). El tipo es la cuota entre el bruto, truncado a dos decimales. Si el bruto no supera 15.876 € (sin hijos) no hay obligación de retener.
Un ejemplo
Con 30.000 € brutos y sin hijos: cotizaciones 1.950 € (6,5 %), base 26.050 €, cuota = (4.225,50 + 5.850 × 30 %) − 5.550 × 19 % = 4.926 €; la retención es del 16,42 %.
Retención, cuota y comunidad autónoma
La retención es un anticipo. En la declaración, la cuota depende de la escala autonómica de tu comunidad y de tus circunstancias, y la diferencia se paga o se devuelve. Para tus inversiones, mira el IRPF del ahorro.